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En cuanto al plazo para requerir cantidades es de un año, en virtud del artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, desde que la empresa tenía que abonarlo y no lo hizo .Como primera pretensión accesoria, solicito se disponga el plazo de los intereses legales laborales que se generen, la entrega de Certificado de Trabajo, costas y costos del